🏬 Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene

Información Importante

A través de este módulo podrá realizar la carga y declaración jurada de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, seleccionando el período correspondiente.

🏢 Comercio e Industria 📅 Período Vigente 📜 Períodos Anteriores
💡 Verifique ingresar al enlace correspondiente según el año que desea declarar para evitar inconsistencias en la presentación.
Opciones de Carga Disponibles

Seleccione el trámite que requiere realizar:

➡️ Carga de Tasa e Higiene (Año vigente): A continuación podrá cargar la declaración del período actual.
🏛️ Años Previos (2012 al 2024): Para declarar períodos anteriores haga clic AQUÍ.
Información
TIPO DE ACTIVIDAD DESCRIPCIÓN ALÍCUOTA
A Actividades Comerciales 0,6%
B Actividades de servicios – excepto los relacionados con la salud humana 0,6%
C Actividades industriales y/o productivas 0,3%
D Actividades de intermediación percibiendo comisiones, e inmobiliarias 0,9%
E Bancos, Instituciones Financieras autorizadas por el BCRA, Agencias Financieras, Prést. de dinero y Desc. Doc. Excl. Actividades regidas por las Leyes de Entidades Financieras 0,9%
F Hoteles alojamiento y moteles 0,3%
G Confiterías bailables y discotecas 0,6%
H Prestadoras de Servicios Públicos de Gas Natural, Servicios Telefónicos y Energía Eléctrica 1,5%
I Actividades detalladas en el inciso anterior realizadas por cooperativas con domicilio en Monte y capital local 0,3%
J Actividades de servicios relacionadas con la salud humana 0,3%
K Comercialización de productos agrícolas-ganaderos y acopio, realizada por cuenta propia 0,8%
L Comercialización de automotores, ciclomotores, motocicletas, maquinarias autopropulsadas, etc. Nuevos 0,7%
Comercialización de automotores, ciclomotores, motocicletas, maquinarias autopropulsadas, etc. Usados 0,6%
M Comercialización de combustibles derivados del petróleo 0,125%
N Comercialización mayorista de tabacos, cigarros y cigarrillos 1%
O Comercialización de hacienda de engorde a corral (feed-lot) 0,4%
Producción Avícola x m2 de Galpón 0.045
P Para cualquier otra actividad que no se halle comprendida en los apartados anteriores, corresponde el 0.6%
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