julio 16, 1963| Ordenanza|
Autorización al Departamento Ejecutivo a establecer la nomenclatura dentro del ejido del pueblo.
Articulo 1: Autorízase al Departamento Ejecutivo a establecer la nomenclatura dentro del ejido del pueblo, numerando las calles con números pares de sur a norte e impares de este a oeste.
Articulo 2: Comuníquese, Regístrese y Archívese.
DADO EN SALA DE SESIÓN A LOS 14 DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 1963.
• Calle Laura Giagnacovo N° 636, Monte, Buenos Aires.
• Teléfono: (02271) 406600
• Atención: Lunes a Viernes de 08:00 a 14:00 hs.