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568-1963 | Reforma de Ordenanza Nº 429 sobre todos los empleados municipales que fallezcan en cumplimiento de sus funciones

Reforma de Ordenanza Nº 429 por la cual todos los empleados y obreros municipales que fallezcan en cumplimiento de sus funciones tendrán derecho a ser inhumados en el Cementerio local en forma gratuita y serán eximidos del derecho por servicio fúnebre.

Articulo 1: Reformase la Ordenanza Nº 429, en la siguiente forma:

Art. 1º: desde la promulgación de la presente Ordenanza, todos los empleados y obreros municipales que fallezcan en cumplimiento de sus funciones, tendrán derecho a ser inhumados en el Cementerio local en forma gratuita y serán eximidos del derecho por servicio fúnebre.

Articulo 2: Para tal fin el D. E., concederá a los deudos de aquellos, la sepultura correspondientes.

Articulo 3:  Comuníquese, Regístrese y Archívese.

DADO EN SALA DE SESIÓN A LOS 19 DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE 1963.

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