Ordenanza|

Incorporación de Artículo a la Ordenanza Nº 3038 sobre Habilitación de Remises que quedará de la siguiente manera.

Artículo N° 1: Incorpórese el siguiente artículo a la Ordenanza N° 3038 que quedará redactado de la siguiente forma:
“Identifiqúese a los choferes de los vehículos de remises mediante carnet que deberá estar colocado en un lugar visible para los pasajeros del vehículo, el cual debe contener foto, nombre y apellido, número de documento del chofer”

Artículo N° 2: Comuniqúese, Regístrese, Publíquese y Archívese.

Dado en sala de sesiones a los 30 días del mes de noviembre de 2020.

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