Artículo N° 1: Incorpórese el siguiente artículo a la Ordenanza N° 3038 que quedará redactado de la siguiente forma:
«Identifiqúese a los choferes de los vehículos de remises mediante carnet que deberá estar colocado en un lugar visible para los pasajeros del vehículo, el cual debe contener foto, nombre y apellido, número de documento del chofer»
Artículo N° 2: Comuniqúese, Regístrese, Publíquese y Archívese.
Dado en sala de sesiones a los 30 días del mes de noviembre de 2020.