Creación en el ámbito del Municipio de Monte el Programa “TODOS CONTRA EL GROOMING”, tendiente a la concientización y prevención de esta problemática.
Artículo N° 1: Créase en el ámbito del Municipio de Monte el Programa “TODOS CONTRA EL GROOMING”, tendiente a la concientización y prevención de esta problemática.
Artículo N° 2: El Programa tendrá una finalidad concientizadora y preventiva. Para casos en los cuales la problemática se encuentra instalada, el Departamento Ejecutivo Municipal buscará orientar, asesorar y derivar a los peijudicados, mediante la atención de un equipo interdisciplinario creado al efecto.
Artículo N° 3: Instrúyase al Departamento Ejecutivo Municipal a coordinar tareas con Consejo Escolar, Inspectores Distritales, Dirección de Cultura y Educación y Dirección de Salud del Municipio, a los efectos de desarrollar en las instituciones educativas el “PROGRAMA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN Y PREVENCIÓN DEL GROOMING” y llevar adelante acciones a los efectos de prevenir, orientar y acompañar a los niños y adolescentes en esta problemática, con función preventiva y a derivar -de corresponder así- a los peijudicados, a su atención por parte del equipo interdisciplinario, o que el mismo determine el área de aplicación del presente Programa, orientado a:
a) Realizar campañas de concientización para dar a conocer la problemática de Grooming y CiberAcoso, en un contexto cultural de la hiper-conexión, donde chicos y chicas desde temprana edad, comienzan a utilizar internet y redes sociales, a través de distintos dispositivos tecnológicos.
b) Informar a la comunidad sobre qué es el Grooming y CiberAcoso, ya que la información que se tiene al respecto carece de difusión y el concepto de Grooming aún no se encuentra interiorizado socialmente.
c) Instalar el concepto de Grooming y la gravedad de sus efectos en la sociedad local.
d) Coordinar y articular, según el caso, las tareas señaladas en los puntos anteriores, con los organismos nacionales y provinciales abocados a la problemática del Grooming, así como con las autoridades escolares del Municipio de Monte, sean de carácter nacional, provincial, municipal, de gestión oficial o privada.
Artículo N° 4: El Departamento Ejecutivo Municipal promoverá, a través de su página web, la difusión de materiales y métodos de formación y prevención. Asimismo, se deberá prever un link, a través del cual la población pueda realizar denuncias y sugerencias relacionadas con la problemática
Artículo N° 5: Comuniqúese, Regístrese, Publíquese y Archívese.
Dado en sala de sesiones a los 17 días del mes de septiembre de 2020.