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4333-2020 | Autorización de suscripción de boleto de compra venta para compra de un terreno

Autorización al Poder Ejecutivo municipal a suscribir boleto de compraventa del lote de terreno ubicado en la ciudad y Partido de Monte Provincia de Buenos Aires designado como CUATRO «D» de la Chacra SESENTA Y SIETE con una superficie de CUATRO HECTAREAS TRES AREAS CINCUENTA Y NUEVE CENTIAREAS con las medidas y linderos que se especifican en su título de propiedad inscripto en el dominio en la Matricula (073) 012510 de MONTE (73).- NOM ENCLATURA CATASTRAL: Circunscripción I, Sección C, Chacra 67, Parcela 4 D, Partida Inmobiliaria 073-01393.

Artículo N° 1: Autorizase al Poder Ejecutivo municipal a suscribir boleto de compraventa del lote de terreno ubicado en la ciudad y Partido de Monte Provincia de Buenos Aires designado como CUATRO «D» de la Chacra SESENTA Y SIETE con una superficie de CUATRO HECTAREAS TRES AREAS CINCUENTA Y NUEVE CENTIAREAS con las medidas y linderos que se especifican en su título de propiedad inscripto en el dominio en la Matricula (073) 012510 de MONTE (73).- NOM ENCLATURA CATASTRAL: Circunscripción I, Sección C, Chacra 67, Parcela 4 D, Partida Inmobiliaria 073-01393, por un valor total de venta de Pesos DOCE MILLONES ($ 12.000.000,00), el cual será cancelado por parte de esta Municipalidad de la siguiente forma: La suma de Pesos UN MILLON ($1.000.000,00) con la firma del boleto de compraventa y el saldo restante de Pesos ONCE MILLONES ($ 11.000.000,00) en 36 cuotas mensuales de Pesos TRESCIENTOS CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO con 55/100 ($ 305.555,55), abonándose la primera a los treinta (30) días de la firma del boleto que por el presente se autoriza a suscribir, las cuales sufrirán una actualización que surgirá de la aplicación del coeficiente según índices de precios al consumidor. (IPC).

Artículo N° 2: Desafectase de la zona Industrial 3 de acuerdo a la ‘Delimitación Preliminar de Áreas” vigente por Ordenanza N° 1013/80 y N° 1449/86, al predio identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección C, Chacra 67, Parcela 4 D, Partida Inmobiliaria 073-013933.

Artículo N° 3: Afectase el predio mencionado en el Artículo N° 2 al Área Urbana como Distrito de Urbanización Especial N° 2, con destino emprendimiento urbanístico.

Artículo N° 4: Facúltase al Departamento Ejecutivo a establecer los indicadores urbanísticos y las medidas mínimas de las parcelas.

Artículo N° 5: El distrito de Urbanización deberá contar con la siguiente infraestructura de servicios: Agua corriente, desagües cloacales, energía eléctrica domiciliaria, alumbrado público, pavimentación o tratamiento de la vía de circulación acorde a lo dispuesto por las Ordenanzas Municipales vigentes y lo exigido por el Artículo N° 62 del Decreto Ley N°
8912/77.

Artículo N° 6: Aprobación de planos y permiso de construcción, antes de comenzar los trabajos se deberá gestionar el permiso de construcción correspondiente ante la Dirección de Obras Públicas, debiendo exigirle al peticionante, previo a su otorgamiento, la formación del expediente con toda la documentación que la misma considere necesaria.

Artículo N° 7: Comuniqúese, Regístrese, Publíquese y Archívese.

Dado en sala de sesiones a los 24 días del mes de septiembre de 2020.

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