octubre 9, 2021| Ordenanza|
Aceptación del ingreso en carácter de donación que efectúen las ASOCIACIONES CIVILES SIN FINES DE LUCRO: CENTRO HOGAR AGRÍCOLA DE MONTE N° 2, REMAR ARGENTINA Y LAS QUE UN FUTURO SE INCORPOREN, de los importes que correspondan a la comercialización en el marco del Proyecto Pollas Ponedoras conforme lo determinado por Decretos Municipales 827, 892, 991 Y 992/2020, y la actuación de estas instituciones en cumplimiento de las CARTAS ACUERDO DE COLABORACION RECÍPROCAS Y ESPECIFICAS, suscriptas y aprobadas por Decretos 673, 729 y 979/2020, el cual se lleva a cabo en el predio que el municipio mantiene en COMODATO con el Señor VÁZQUEZ ANGEL, según Decreto 521 y 755/2020 y la posterior cesión del mismo a las entidades consignadas por Decreto 825 y 980/2020.
Artículo N° 1: Aceptase el ingreso en carácter de donación que efectúen las ASOCIACIONES CIVILES SIN FINES DE LUCRO: CENTRO HOGAR AGRÍCOLA DE MONTE N° 2, REMAR ARGENTINA Y LAS QUE UN FUTURO SE INCORPOREN, de los importes que correspondan a la comercialización en el marco del Proyecto Pollas Ponedoras conforme lo determinado por Decretos Municipales 827, 892, 991 Y 992/2020, y la actuación de estas instituciones en cumplimiento de las CARTAS ACUERDO DE COLABORACION RECÍPROCAS Y ESPECIFICAS, suscriptas y aprobadas por Decretos 673, 729 y 979/2020, el cual se lleva a cabo en el predio que el municipio mantiene en COMODATO con el Señor VÁZQUEZ ANGEL, según Decreto 521 y 755/2020 y la posterior cesión del mismo a las entidades consignadas por Decreto 825 y 980/2020
Artículo N° 2: Comuniqúese, Regístrese, Publíquese y Archívese.
Dado en sala de sesiones a los 17 días del mes de septiem bre de 2020.
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