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4299-2020 | Creación en la Municipalidad de Monte el Programa Gobierno Abierto

Creación en la Municipalidad de Monte el Programa Gobierno Abierto a través del cual se dará conocimiento a la ciudadanía y a todas las personas en general de los principales actos de gobierno llevados a cabo por el Departamento Ejecutivo Municipal.

Artículo N° 1: Creáse en la Municipalidad de Monte el Programa Gobierno Abierto a través del cual se dará conocimiento a la ciudadanía y a todas las personas en general de los principales actos de gobierno llevados a cabo por el Departamento Ejecutivo Municipal.

Artículo N° 2: La Municipalidad de Monte hará pública en una página oficial en INTERNET toda la información requerida en la presente Ordenanza. Si fuere necesario, dicha página se creará a tal efecto.

Artículo N° 3: La misma será de pública consulta para toda persona sin limitación alguna.

Artículo N° 4: La documentación de carácter físico y financiero producida en el ámbito de la administración municipal y que se detalla a continuación, tendrá carácter de información pública y será de libre acceso para cualquier usuario:

a) Presupuesto anual de recursos y gastos- estado de ejecución de los presupuestos de gastos y del cálculo de recursos, todo hasta el último nivel de desagregación en que se procesen.

b) Órdenes de pago ingresadas a la Secretaría de Hacienda y/o cualquier organismo con capacidad de recaudación y de pago.

c) Pagos realizados por la autoridad de aplicación y gastos correspondientes a Ordenanzas especiales imputadas en las partidas del presupuesto para el fondo de reserva.

d) Listado de personal permanente, contratado, temporario y transitorio de la Municipalidad de Monte y del Honorable Concejo Deliberante, y/o cualquier organismo que destine partidas del presupuesto al pago de remuneraciones, incluyendo categoría asignada a cada agente de la nómina.

e) Cantidad de horas extras realizadas por cada Secretaría y sus Direcciones a cargo, debiendo dividir la información en cada caso por el tipo de hora extra.

f) Cantidad y monto de los viáticos mensuales por cada Secretaría y sus Direcciones
a cargo.

g) Listado de beneficiarios de jubilaciones, pensiones y retiros de la Municipalidad de Monte y del Honorable Concejo Deliberante.

h) Listado de Funcionarios de la Municipalidad de Monte con detalle de remuneraciones. Retribuciones. Honorarios, viáticos y fondos reservados si los hubiese.

i) Listado de Concejales, cantidad y composición de los bloques. Remuneraciones, retribuciones, honorarios, viáticos, fondos reservados y cualquier otro rubro que integre el haber percibido por los ediles.

j) Estado de situación, vencimientos y costo de la deuda pública, así como los avales y garantías entradas y los compromisos contratados para ejercicios futuros.

k) Inventario de bienes inmuebles y de inversiones financieras. 1) Estado de cumplimiento del pago de tasas, impuestos, derechos, contribuciones, rentas, multas y/o infracciones.

m) Información acerca de la regulación y control de los servicios públicos realizado por la Municipalidad de Monte.

n) Toda la información pertinente a las licitaciones que la Municipalidad de Monte y el Honorable Concejo Deliberante convoque, siendo ésta actualizada en las diferentes etapas del proceso licitatorio, haciendo especial referencia al objeto de la licitación. Montos de la misma, plazos de ejecución, memoria descriptiva, requisitos de los oferentes, oferentes, detalles de las ofertas recibidas, montos ofrecidos, fundamentos de la selección (con posterioridad a la misma), impugnaciones realizadas (en caso de que las hubiere durante el proceso de licitación) y resoluciones jurídicas. Esta descripción es meramente enunciativa y no implica que no se puedan publicar otros datos que se consideren importantes, responsabilizando a cada una de las reparticiones que las convoquen de la publicación de las mismas en la red.

o) Toda información necesaria para que pueda realizarse el control comunitario de los gastos sociales de la Municipalidad de Monte y del Honorable Concejo Deliberante. La información precedente será pública y suministrada por la autoridad de aplicación.

p) Toda información relevante necesaria para que pueda ser controlado el cumplimiento de las normas del sistema municipal de administración financiera y las establecidas por la presente Ordenanza.

q) Padrón de proveedores, y apercibimientos, suspensiones e inhabilitaciones efectuadas.

Artículo N° 5: La información detallada en el artículo anterior será puesta a disposición de los interesados en forma inmediata, con libre acceso a las respectivas plataformas informáticas, en un máximo de 120 días a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.

Artículo N° 6: La autoridad de aplicación fiscalizará su cumplimiento y mensualmente efectuará una evaluación informativa de lo auditado que tendrá carácter público y de libre acceso.

Artículo N° 7: Se dispondrá de los medios necesarios para el cumplimiento de la presente Ordenanza.

Artículo N° 8: Comuniqúese al Departamento Ejecutivo, para su cumplimiento y efectos.

Artículo N° 9: Comuniqúese, Regístrese, Publíquese y Archívese.

Dado en sala de sesiones a los 16 días del mes de julio de 2020.

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