ARTICULO 1º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a través de la Dirección de Cultura Municipal a implementar las acciones necesarias para la creación del Registro Único de Patrimonio Cultural, Histórico y Natural de San Miguel del Monte.
ARTICULO 2º: Autorizase a la Dirección de Cultura local a realizar la convocatoria a los representantes del Honorable Concejo Deliberante, a integrantes de la comunidad, a ciudadanos e elevamiento competentes en ],a materia con, el fin de elaborar un, elevamiento, que permita iniciar el Registro Único.
ARTICULO 3º: Comuníquese, Regístrese y Archívese.
Dado en sala de sesiones a los 15 días del mes de julio de 2004