noviembre 10, 2020| Ordenanza|
Prohibición de ingreso de residuos urbanos y domiciliarios para su tratamiento y/o deposición definitiva o transitoria.
ARTICULO 1º: Prohíbase el ingreso de residuos urbanos y domiciliarios para su tratamiento y/o deposición definitiva o transitoria al partido de SAN MIGUEL DEL MONTE.
ARTICULO 2º: Comuníquese, Regístrese y Archívese.
Dado en sala de sesiones a los 15 días del mes de julio de 2004.
• Calle Laura Giagnacovo N° 636, Monte, Buenos Aires.
• Teléfono: (02271) 406600
• Atención: Lunes a Viernes de 08:00 a 14:00 hs.