Ordenanza|

Autorización para cierre de calle Municipal en zona rural.

ARTICULO 1°: Autorizase al D.E. a el cierre de la calle Municipal en zona rural que figura en el plano que como anexo 1 forma parte integrante de la presente. 

ARTICULO 2°: El cierre de la calle, se realizara mediante una tranquera, la cual será adquirida y colocada por los vecinos interesados,  todos firmantes de la solicitud, que se anexa a la presente. 

ARTICULO 3°: Comuníquese, Regístrese y Archívese. 

Dado en sala de sesiones a los 14 días del mes de marzo de 2002.

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