Articulo 1: Cédese a la SOCIEDAD ITALIANA DE SOCORRO MUTUO “UNIONE E BENEVOLENZA”, una fracción de terreno en el Cementerio local para erigir un monolito en memoria de los socios fallecidos de esa Entidad, designado como Terreno Nº 14. Letra J, Sección VII, por el término de 99 años.
Articulo 2: Comuníquese, a los interesados, a quién corresponda, publíquese y dése al Registro Oficial del Municipio.
Articulo 3: Comuníquese, regístrese y archívese.
DADO EN SALA DE SESION A LOS 30 DIAS DEL MES DE JUNIO DE 1989.
Derogada la presente por la Ordenanza Nº 1930 decreto Nº 354/91