Articulo 1: Adhiérase la Municipalidad de Monte al régimen de compensación especial, conforme lo establecido en la Ley 10.559 en su articulo 8º y siguientes.
Articulo 2: Comuníquese, regístrese y archívese.
DADO EN SALA DE SESION A LOS 25 DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 1988.