Decreto|

  839/2021

26-04-2021

Dispónese la EXIMICIÓN de pago de las cuotas devengadas de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene y de la Tasa por Servicios Generales Urbanos, a aquellos comercios, actividades o servicios alcanzados por las restricciones impuestas en el artículo 10 del Decreto Municipal 838/2021, respecto del inmueble en donde efectivamente se desarrolle la actividad restringida por dicho decreto.

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