- A través de la Ley 26588 se declara de interés Nacional la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de Enfermedad Celíaca.
- Por medio del Decreto Reglamentario 528/2011 se aprueba la reglamentación de la Ley N° 26588.
- El Decreto 754/2015 modifica el artículo 9 del Decreto 528/2011 y establece que “las obras sociales y entidades que se mencionan en el artículo que se reglamenta brindarán una cobertura a sus afiliados del SETENTA POR CIENTO (70%) de la diferencia del costo de las harinas y premezclas libres de gluten respecto de aquellas que poseen gluten, por tratarse de una enfermedad crónica”.
- La Ley 27196 modifica la ley 26588 y establece que las instituciones y establecimientos que se enumeran a continuación deben ofrecer al menos una opción de alimentos o un menú libre de gluten (sin TACC) que cumpla con las condiciones de manufactura y los requerimientos nutricionales por porción, que certifique la autoridad de aplicación.
- La Resolución 102/2011 establece que la detección de enfermedad celíaca se incorpora al Plan Médico Obligatorio (PMO).
- La Resolución 695/2021 actualiza el monto a cubrir por obras sociales y prepagas.
- A través de la Resolución conjunta SPReI Y SAGyP 201/2011 y 649/11 se determina el Logo oficial para identificar Alimentos sin TACC.