Obras Particulares
La Dirección de Obras Particulares se encarga de controlar y regular todas las construcciones privadas dentro del tejido municipal. Su función principal es aprobar planos, emitir permisos de construcción y garantizar que las obras se ajusten al código de edificación vigente y al desarrollo urbano ordenado.
Deberá ser completado y presentado en mesa de entrada. El trámite no tiene costo y alcanza a los profesionales ya matriculados en provincia que se desempeñen en el rubro de la construcción; MMO, Arquitectos, Ingenieros Civiles, y Electricistas matriculados. El mismo será indispensable para la presentación de expedientes en esta Dirección.
Se debe completar el formulario de Solicitud de Matrícula Municipal junto con la siguiente documentación:
– Fotocopia del D.N.I. (ambas caras)
– Comprobante de CUIT o CUIL (según corresponda)
– Fotocopia de la Credencial Profesional (Provincia de Bs. As.)
– Fotocopia del comprobante de pago de matrícula al día.
1) El profesional deberá armar el expediente con:
– LIBRE DEUDA DE TASA MUNICIPAL
– FOTOCOPIA DE BOLETO DE COMPRAVENTA O ESCRITURA
– 2 JUEGOS DE PLANOS
2) El profesional hace ingreso del expediente por mesa de entrada.
3) El profesional hace ingreso del expediente a catastro y paga en caja el sellado.
4) Se procede a la revisión de datos y planos (demora 10 días hábiles).
5) Revisado y corregido el plano, el profesional deberá ingresar:
– COPIA DE CONTRATO PROFESIONAL VISADO POR COLEGIO.
– PLANILLA ANEXA PARA EL CALCULO DE HONORARIOS Y BOLETA DE APORTES.
– COPIA DE PLANO VISADO POR COLEGIO PROFESIONAL.
– 5 COPIAS DEL PLANO.
– PLANILLA DE INFORME TÉCNICO (EN EMPADRONAMIENTOS).
– PLANILLA DE ESTADISTICA.
– SOPORTE DIGITAL DE PLANOS, SE ENVÍAN AL MAIL EN FORMATO AUTOCAD VERSION 2000 A 2010 EXTENSION .DWG o PDF.
6) Cálculo y pago de los derechos de construcción.
7) Aprobación de los planos (demora 10 días hábiles) a partir del pago de los derechos de construcción.
La carpeta de Obra deberá cumplir con lo establecido en la Ordenanza Nº 1729.
