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648-1965 | Acogimiento a Ley General de Pavimentación Nº 5815 y construcción de ocho cuadras de pavimento de la calle Rivadavia

Acogimiento al régimen de la Ley General de Pavimentación Nº 5815 y de utilidad pública la construcción de ocho cuadras de pavimento de la calle Rivadavia (19) del pueblo de San Miguel del Monte, desde la Ruta Nacional Nº 3, hasta la calle Zenón Videla Dorna (18).

Articulo 1: Declárese a la Municipalidad de Monte, acogida al régimen de la Ley General de Pavimentación Nº 5815 y de utilidad pública la construcción de ocho cuadras de pavimento de la calle Rivadavia (19) del pueblo de San Miguel del Monte, desde la Ruta Nacional Nº 3, hasta la calle Zenón Videla Dorna (18), de acuerdo a las disposiciones de esta Ordenanza, y obligatorio para los propietarios frentistas, el pago del costo de las obras, en la forma que determina la Ley 5815.

Articulo 2: La forma de pago de las obras de la zona urbana, será por extensión lineal de frentes.

Articulo 3: La Municipalidad contribuirá al pago de las obras cuando la afectación sobre las propiedades frentistas sobrepasa el 40% fijado por el art. 24 de la Ley 5815.

Articulo 4: Facúltese al Departamento Ejecutivo para prestar la conformidad que determina el art. 7º de la Ley 5815, y para aprobar ampliaciones de partida para obras extras o imprevistas, no estando incluida en esas partidas la pavimentación de calles no indicadas en esta Ordenanza.

Articulo 5: El Departamento Ejecutivo, conjuntamente con la Dirección de Pavimentación fijará el tipo y ancho del pavimento a construir.

Articulo 6:  Comuníquese, Regístrese y Archívese.

DADO EN SALA DE SESIÓN A LOS 19 DÍAS DEL MES DE JUNIO DE 1965.

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