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4454-2022 | Aprobación del Presupuesto de Gastos y Calculo de Recursos para el año 2022

Aprobación del Presupuesto de Gastos, que regirá para el Ejercicio 2022, que asciende a la suma de $ 1.012.551.000,00.- (MIL DOCE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y UN MIL PESOS CON 00/100), según planillas obrantes a fojas N° 8 a 55, del presente expediente. Aprobación del Cálculo de Recursos destinado a la financiación del Presupuesto de Erogaciones de las Jurisdicciones del Honorable Concejo Deliberante y Departamento Ejecutivo, obrante a fojas 4 a 7 del presente expediente.

Artículo N° 1: Apruébese el Presupuesto de Gastos, que regirá para el Ejercicio 2022, que asciende a la suma de $ 1.012.551.000,00.- (MIL DOCE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y UN MIL PESOS CON 00/100), según planillas obrantes a fojas N° 8 a 55, del presente expediente.

Artículo N° 2: Apruébese el Cálculo de Recursos destinado a la financiación del Presupuesto de Erogaciones de las Jurisdicciones del Honorable Concejo Deliberante y Departamento Ejecutivo, obrante a fojas 4 a 7 del presente expediente.

Artículo N° 3: Apruébese el Listado de Estructura Programática determinado para el Ejercicio 2022, en el marco de las normas establecidas en el Decreto Provincial N* 2980/00, que reglamenta la Reforma de la Administración Financiera en el Ámbito Municipal (R.A.F.A.M.), obrante a fojas 1, 2 y 3 del presente expediente.

Artículo N° 4: Apruébese las Planillas de Recursos Humanos clasificados por Categoría Programática y Cargo, obrantes a fojas 56 a 74 del presente expediente.

Artículo N° 5: Derogúese por la presente, toda norma que haya puesto en vigencia el Presupuesto de Gastos prorrogado, con excepción de incorporaciones de saldos transferidos de recursos afectados y saldos de resultados de ejercicios.

Artículo N° 6: El Departamento Ejecutivo podrá incrementar el Presupuesto de Gastos y el Cálculo de Recursos en los rubros e importes que resulten de aumentos de tasas, impuestos o contribuciones y de las mayores coparticipaciones u otros ingresos comunicados o percibidos.

Artículo N° 7: Los saldos que arrojen al cierre de cada ejercicio las cuentas con afectación serán transferidos al ejercicio siguiente, incorporándolos al Cálculo de Recursos por Decreto del Departamento Ejecutivo.
Correlativamente se aplicará al Presupuesto de Gastos reforzando créditos de cuentas existentes o incorporando conceptos no previstos, en ambos casos se respetará el destino de los fondos en cuestión y la incorporación al Presupuesto de Gastos, se efectuará respetando los nomencladores vigentes.

Artículo N° 8: Establecer un incremento acumulado del 42.92 % sobre los salarios básicos para todo el Personal Municipal, el cual se otorgará conforme lo determinado en el artículo
siguiente.

A) El incremento remunerativo que por la presente se determina se conformará siguiendo la presente escala en los porcentajes acumulativos que a continuación se detallan:
A partir del Io de febrero de 2022: 16% A partir del Io de junio de 2022: 11% A partir del Io de octubre de 2022: 11%

B) En virtud de las variaciones inflacionarias que se produjeran en los últimos meses y luego de analizar los recursos municipales se avanzará en el mes de octubre de 2022 a rever los aumentos planteados por la presente Ordenanza teniendo en cuenta el índice de variación inflacionaria interanual. De proceder algún reajuste, facúltese al Departamento Ejecutivo
Municipal a realizar dichas mejoras.

C) Autorizar a la Contaduría Municipal a realizar las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias a efectos de dar cumplimiento a lo determinado por la presente norma.

Artículo N° 9: Autorícese al Departamento Ejecutivo a realizar transferencias entre partidas del Presupuesto de Gastos que cuenten con economías, como así mismo a utilizar el superávit de ejercicios anteriores existente en la cuenta de Resultado Acumulado de Ejercicios.

Artículo N° 10: Autorícese al Departamento Ejecutivo a cancelar deudas por medio del cheque de pago diferido considerando a los librados con fecha de vencimiento posterior al cierre del ejercicio – 31 de diciembre- como Deuda Consolidada. En ningún caso los vencimientos de pagos comprometidos mediante el instrumento autorizado en el párrafo anterior podrán exceder la fecha de la finalización del mandato del Ejecutivo Municipal.

Artículo N° 11: Comuniqúese, Regístrese, Publíquese y Archívese.

Dado en sala de sesiones a los 13 días del mes de enero de 2022.

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