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441-1953 | Otorgamiento de Escritura de Dominio a Club de Polo y Equitación “Guardia del Monte”

Otorgamiento al Club de Polo y Equitación “Guardia del Monte” de acuerdo a la venta efectuada el día 29 de Diciembre de 1942 por el Martillero Público señor Camilo Giorgi, la pertinente escritura traslativa de dominio de Lote N° 3, ubicada en el Cuartel 1° de este Partido

Articulo 1: Otórguese al Club de Polo y Equitación “Guardia del Monte” de acuerdo a la venta efectuada el día 29 de Diciembre de 1942 por el Martillero Público señor Camilo Giorgi, la pertinente escritura traslativa de dominio de Lote N° 3, ubicada en el Cuartel 1° de este Partido compuesto de 6Hs., 47 As. Y 99 Cs., adquirido en la suma de quinientos sesenta u nueve Psos con sesenta y cuatro centavos Moneda Nacional($ 3.369,64.- M/N). Igualmente se transferirá sin cargo alguno al Club de Polo y Equitación “Guardia del Monte” la calle indicada en el plano especial confeccionado por el Agrimensor Raúl M. Rodríguez, actualmente cerrada, de un ancho de 43,30 metros y de una extensión aproximada de 659,63 metros obligándose la Municipalidad a otorgar el correspondiente título de propiedad.

Articulo 2: El Club de Polo y Equitación “Guardia del Monte”, por su parte se obliga a satisfacer en la fecha de escrituración el remanente del precio de venta convenido sobre la base estipulada de quinientos veinte Pesos Moneda Nacional ($ 520.-M/N) la hectárea aprobada en el Expediente 482, Letra M 1942. Asímismo el Club de Polo y Equitación transferirá sin cargo alguno a la Municipalidad la siguiente: Una fracción de terreno que se designa en el plano especial confeccionado por el Agrimensor Raúl M. Rodríguez por los puntos y, k, l y m con una superficie de tres Hs., y otra fracción de tierra también de propiedad de la mencionada Institución e indicada en el plano especial por las letras G, con una superficie de mil seiscientos ochenta metros cuadrados (1.680).

Articulo 3: El D. E. procederá a designar a los efectos de la escrituración al Escribano interviniente quien deberá llenar su cometido dentro del más breve plazo posible. Los impuestos serán al día y todos los gastos de escrituración y traslado de alambrados u otras erogaciones que pudieran originarse serán por cuenta del Club de Polo y Equitación “Guardia del Monte”.

Articulo 4:  Comuníquese, Regístrese y Archívese.

DADO EN SALA DE SESION A LOS 24 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 1953.

 

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