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4211-2019 | Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el año 2019

Aprobación del Presupuesto de gastos que regirá para el Ejercicio 2019, que asciende a la suma de $ 353.238.687,40 (Pesos TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON CUARENTA CENTAVOS), según planillas obrantes a fojas N° 8 a 73 del presente expediente. Apruébese el Cálculo de Recursos destinado a la financiación del Presupuesto de Erogaciones de las Jurisdicciones del Honorable Concejo Deliberante y Departamento Ejecutivo, obrante a fojas N° 4 a 7 del presente expediente.

Artículo 1°: Apruébese el Presupuesto de gastos que regirá para el Ejercicio 2019, que asciende a la suma de $ 353.238.687,40 (Pesos TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON CUARENTA CENTAVOS), según planillas obrantes a fojas N° 8 a 73 del presente expediente.

Artículo 2°: Apruébese el Cálculo de Recursos destinado a la financiación del Presupuesto de Erogaciones de las Jurisdicciones del Honorable Concejo Deliberante y Departamento Ejecutivo, obrante a fojas N° 4 a 7 del presente expediente.

Artículo 3°: Apruébese el Listado de Estructura Programática determinado para el Ejercicio 2019, en el marco de las normas establecidas en el Decreto Provincial N° 2980/00, que reglamenta la Reforma de la Administración Financiera en el Ambito Municipal (R.A.F.A.M.), obrante a fojas N° 1 a 3 del presente expediente.

Artículo 4°: Apruébese las Planillas de Recursos Humanos clasificados por Categoría Programática y Cargo, obrantes a fojas N° 74 a 89 del presente expediente.

Artículo 5°: Deróguese por la presente, toda norma que haya puesto en vigencia el Presupuesto de Gasto prorrogado, con excepción de incorporación de saldos transferidos de recursos afectados y saldos de resultados de ejercicios.

Artículo 6°: El Departamento Ejecutivo podrá incrementar el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos en los rubros e importes que resulten de aumentos de tasas, impuestos o contribuciones y de las mayores coparticipaciones u otros ingresos comunicados o percibidos.

Artículo 7°: Los saldos que arrojen al cierre de cada ejercicio las cuentas con afectación, serán transferidos al ejercicio siguiente, incorporándolos al Cálculo de Recursos por Decreto del Departamento Ejecutivo. Correlativamente se aplicará al Presupuesto de Gasto reforzando créditos de cuentas existentes o incorporando conceptos no previstos, en ambos casos se respetará el destino de los fondos en cuestión y la incorporación al Presupuesto de Gastos, se efectuará respetando las normas vigentes.

Artículo 8°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar transferencias entre partidas del Presupuesto de Gastos que cuenten con economías, como así mismo a utilizar el superávit de ejercicios anteriores existente en la cuenta de Resultado Acumulado de Ejercicios.

Artículo 9°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a cancelar deudas por medio de cheque de pago diferido considerando a los librados con fecha de vencimiento posterior al cierre del ejercicio -31 de diciembre- como Deuda Consolidada. En ningún caso los vencimientos de pagos comprometidos mediante el instrumento autorizado en el párrafo anterior podrán exceder la fecha de la finalización del mandato del Ejecutivo Municipal.

Artículo 10°: Comuniqúese, Regístrese, Publíquese y Archívese.

Dado en sala de sesiones a los 28 días del mes de enero de 2019.

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