Modificación del artículo primero de la Ordenanza 4080/2016, el cual quedará redactado de la siguiente manera: Otorgar una beca de pesos un mil quinientos ($1.500,00) incremento de un 50% más al del año pasado, mensualmente por el periodo de marzo a noviembre, al mejor promedio de los egresados de las escuelas públicas del partido de Monte, en la modalidad de Escuela de Educación Secundaria, atento a los fundamentos expuestos.
ARTÍCULO 1°.- Modifíquese el artículo primero de la Ordenanza 4080/2016, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
Otorgar una beca de pesos un mil quinientos ($1.500,00) incremento de un 50% más al del año pasado, mensualmente por el periodo de marzo a noviembre, al mejor promedio de los egresados de las escuelas públicas del partido de Monte, en la modalidad de Escuela de Educación Secundaria, atento a los fundamentos expuestos.
ARTÍCULO 2°.- Serán acreedores de esta asignación aquellos alumnos que demuestren mediante documentación fehaciente la continuidad en su formación terciaria, universitaria y/o capacitación de oficio.
ARTÍCULO 3°.- Modificase el articulo 3 de la ordenanza 4080/2016 el que quedará redactado de la siguiente manera:
Esta subvención comenzará con los promedios de egresados que surjan durante el corriente año 2017 y, comenzaran a percibirse en el mes de marzo de 2018.
ARTÍCULO 4°. Facúltese al DEM, a efectuar las adecuaciones presupuestarias que correspondan para dar cumplimiento a lo prescripto por esta norma.
ARTICULO 5°. Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Archívese.
Dado en sala de sesiones a los 16 días del mes de noviembre de 2017