Ordenanza|

Declaración como “Zona Industrial” el inmueble ubicado en el Partido de Monte identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección C, Chacra 123, Parcelas 1p y 1f, atento los fundamentos que fueron expuestos en el presente.

ARTICULO 1.- Declarar como “Zona Industrial” el inmueble ubicado en el Partido de Monte identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección C, Chacra 123, Parcelas lp y lf, atento los fundamentos que fueron expuestos en el presente.

ARTICULO 2.- Por Subsecretaría de Gobierno prosíganse los trámites ante las autoridades provinciales que resulten pertinentes para la convalidación provincial de lo dispuesto en el presente.

ARTICULO 3.- Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Archívese.

Dado en sala de sesiones a los 7 días del mes de agosto de 2014.

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