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3998-2014 | Establecimiento que vehículos automotores municipales se identificarán con la leyenda «Municipalidad de Monte»

Establecimiento que todos los vehículos automotores, propiedad de la Municipalidad de Monte, se identificarán obligatoriamente, mediante una leyenda fija con caracteres indelebles contrastantes, de un tamaño considerable para que sea fácilmente legible, en ambas puertas delanteras o únicas.

Articulo 1°: Todos los vehículos automotores, propiedad de la Municipalidad de Monte, se identificarán obligatoriamente, mediante una leyenda fija con caracteres indelebles contrastantes, de un tamaño considerable para que sea fácilmente legible, en ambas puertas delanteras ó únicas.

Articulo 2°: La leyenda que se refiere el artículo anterior consistirá en la inscripción «MUNICIPALIDAD DE MONTE» con el logo del municipio y el área al que se encuentra identificado.

Articulo 3°: Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Archívese.

Dado en sala de sesiones a los 13 días del mes de mayo de 2014.

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