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3619-2009 | Creación del Programa de Primeros Auxilios

CREASE en San Miguel del Monte el Programa de Primeros Auxilios, que será implementado a partir del corriente año. ES autoridad de aplicación de la presente, el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Subsecretaría de Salud, quien arbitrara los medios necesarios para afectar personal autorizado y competente para la ejecución del Programa. Convocando también la participación de la Asociación Bomberos Voluntarios de Monte que cuenta con el personal idóneo para dicho fin.

ARTICULO 1°: CREASE en San Miguel del Monte el Programa de Primeros Auxilios, que será implementado a partir del corriente año.

ARTICULO 2°: ES autoridad de aplicación de la presente, el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Subsecretaría de Salud, quien arbitrara los medios necesarios para afectar personal autorizado y competente para Ja ejecución del Programa. Convocando también la participación de la Asociación Bomberos Voluntarios de Monte que cuenta con el personal idóneo para dicho fin. 

ARTICULO 3°: El Programa está destinado a todos los ciudadanos de la Ciudad, siendo la subsecretaría de $alud la encargada de convocar a todas las áreas municipales para que participen en la capacitación a distintos actores de la comunidad. 

ARTICULO 4°: ÉL Programa se debe aplicar como talleres en contra turno y se distribuirá de manera que, las personas ¡interesadas, participen del mismo en dos jornadas al mes.

ARTICULO 5°: EL Programa contendrá temas que abarquen lo concerniente a la practica de primeros auxilios: perdida del conocimiento, asfixia, quemaduras, mordeduras y picaduras de animales, nociones de vendajes, torceduras o esguinces, calambres, entre otros.

ARTICULO 6°: EL objetivo general es proveer a los ciudadanos un conocimiento adecuado de primeros auxilios, logrando de esta manera que enfrenten, en forma natural, los accidentes con actitudes criticas.

ARTICULO 7°: FACULTASE al DE a crear un REGISTRO de personas capacitadas, y publicarlo en los medios locales para conocimiento de los vecinos montenses.

ARTICULO 9: FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal necesarias para cumplimiento de la presente.

ARTICULO N° 9: Comuníquese. Regístrese y Archívese. 

Dado en sala de sesión a los 6 días del mes de agosto de 2009.

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