ARTICULO 1°: Apruébase el CONVENIO DE RECIPROCA COLABORACIÓN, que lleva el Nro. 526, suscripto entre el Gobernador de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, Ing. FELIPE SOLA y la Municipalidad de Monte, representada por su Intendente, Prof. LAURA GIAGNACOVO que tiene como objeto la incorporación de este Municipio a la Red Provincial de Prevención del Delito y Reiterancia Delictiva, con las obligaciones para ambas partes que se especifican en el mismo, el cual como anexo I forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2°: Comuníquese, Regístrese y Archívese.
Dado en sala de sesiones a los 7 días del mes de julio de 2005.