noviembre 10, 2020| Ordenanza|
Autorización al Ejecutivo para organizar y controlar la poda de árboles.
ARTICULO 1°: Autorizase al D.E. para que organice y controle la poda de árboles, solo entre 0 y 2 metros, de altura, en todos los espacios públicos del distrito.
ARTICULO 2°: Comuníquese. Regístrese y Archívese.
Dado en sala de sesiones a los 24 días del mes de mayo de 2005.
• Calle Laura Giagnacovo N° 636, Monte, Buenos Aires.
• Teléfono: (02271) 406600
• Atención: Lunes a Viernes de 08:00 a 14:00 hs.