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3104-2004 | Autorizar al Ejecutivo proceder al corte de las calles en forma automática ante realización de actividades

Autorizar al Ejecutivo proceder al corte de las calles en forma automática ante realización de actividades.

ARTICULO 1°: Facultase al D.E. Municipal a proceder al corte de las calles de nuestro pueblo, en forma automática, para todas aquellas actividades culturales, turísticas y deportivas sin necesidad de requerir de la autorización correspondiente al H.C.D. 

ARTICULO 2°: Dicha medida regirá a partir del 1º de junio del corriente hasta el 31 de diciembre inclusive. 

ARTICULO 3°: Comuníquese, Regístrese y Archívese. 

Dado en sala de sesiones a 1 día del mes de julio de 2004.

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