julio 12, 1949| Ordenanza|
Acogida por parte de la Municipalidad de Monte al Régimen establecido por la Ley Provincial N° 5.424 que implementa el seguro colectivo.
Articulo 1: Declárese a la Municipalidad de Monte, acogida al régimen establecido por la Ley Provincial N° 5.424 que implementa el seguro colectivo.
Articulo 2: El D. E. dispondrá que la Tesorería proceda a retener del sueldo del personal los aportes que marca el articulo 5° de la Ley N° 5.424, en la misma oportunidad en que se efectúen las deducciones para el fondo de la Ley N° 5.425.
Articulo 3: Comuníquese, Regístrese y Archívese.
DADO EN SALA DE SESION A LOS 29 DIAS DEL MES OCTUBRE DE 1949.
• Calle Laura Giagnacovo N° 636, Monte, Buenos Aires.
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