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3062-2003 | Desafectación del dominio público municipal de parcelas determinadas con el fin de construcción de viviendas

Desafectación del dominio público municipal de parcelas determinadas con el fin de construcción de viviendas.

ARTICULO 1°: Desafectese del dominio público municipal las parcelas identificadas en los considerandos del presente y en el articulo siguiente, y aféctense al dominio privado del Municipio, quedando sin efecto cualquier destino anterior que se les haya atribuido.

ARTICULO 2°: Aféctense las parcelas pertenecientes a al Municipalidad de Monte, cuya nomenclatura catastral es Circunscripción 1, sección B, Quinta 11, Manzana 11 a, parcela 1°, cuya ubicación se consigna en el Plano de Mensura que, como anexo 1 forma parte de la presente, para la construcción de un Plan de seis viviendas, integrado por tres cuerpos de dos (2) dúplex cada uno. 

ARTICULO 3°:  Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones que resulten necesarias para cumplimentar lo establecido en el articulo precedente. 

ARTICULO 4°: Las Viviendas a construir serán destinadas a cubrir la necesidad habitacional por parte de la población que carezca de las mismas, cuya reglamentación o modalidad operatoria oportunamente será elevada al Honorable Concejo deliberante para su tratamiento y aprobación. 

ARTICULO 5°:  Derogase toda otra norma anterior que se refiere a la posible afectación de las parcelas enunciadas de la presente norma. 

ARTICULO 6°: Comuníquese, Regístrese y Archívese. 

Dado en sala de sesiones a los 20 días del mes de noviembre de 2003.

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