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2939-2002 | Desafectación del dominio público municipal de parcelas determinadas

Desafectación del dominio público municipal de parcelas determinadas.

ARTICULO 1º: Desafectanse del dominio público municipal las parcelas identificadas en los considerandos del presente y en el artículo siguiente, y afectarse al dominio privado del Municipio, quedando sin efecto cualquier destino anterior se les haya atribuido. 

ARTICULO 2º: Aféctanse las parcelas pertenecientes a la Municipalidad de Monte cuya , nomenclatura catastral es Circunscripción 1, Sección B, Quinta 55, Manzana 55ª, Parcelas 1 y 20, cuya Ubicación se consigna en el Plano de Mensura que como Anexo 1 forma parte de la presente, para la construcción de un Plan de 6 (seis) viviendas. 

ARTICULO 3º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para cumplimentar lo establecido en el articulo precedente. 

ARTICULO 4º: Las viviendas a construir serán destinadas a cubrir la necesidad habitacional  por parte de la población que carezca de las mismas, cuya reglamentación o modalidad operatoria será oportunamente elevada al Honorable Concejo Deliberante para su  aprobación. 

ARTICULO 5º: Derogase toda otra norma anterior que se refiera a la posible afectación de las parcelas enunciadas de la presente norma. 

ARTICULO 6º: Comuníquese, Regístrese y Archívese. 

Dado en sala de sesiones a los 18 días del mes de julio de 2002.

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