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2716-2000 | Autorización para nombrar Mandatarios independientes para seguimiento de las cobranzas de tasas

Autorización para nombrar Mandatarios independientes para seguimiento de las cobranzas de tasas.

Articulo 1: Autorizase al D.E. Municipal a nombrar Mandatarios independientes, previa inscripción en el registro que se habilitará a tal fin, para la tramitación y seguimiento de las cobranzas por vía apremio de diversos créditos tributarios Municipales. 

Articulo 2: Previo a la derivación de ejecuciones a los mandatarios, el Municipio deberá efectuar la pertinente intimación el deudor, sin que esto implique honorarios a cargo del intimado. 

Articulo 3: Los mandatarios serán retribuidos exclusivamente con los honorarios a cargo del deudor, no admitiéndose pactos de cuota litis. Asimismo se deja aclarado que los apoderados no percibirán ningún tipo de retribución del Municipio aunque este resulte perdidoso en la litis promovida, tampoco podrán requerir anticipos para afrontar los gastos de iniciación de la gestión judicial. 

Artículo 4: Los honorarios a percibir por los mandatarios serán exclusivamente los regulados judicialmente, no podrán realizarse otras liquidaciones. 

Articulo 5: Comuníquese, Regístrese y Archívese. 

Dado en sala de sesiones a los 31 días del mes de agosto de 2000.

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