Articulo 1: Créase una BIBLIOTECA MUNICIPAL en la Localidad de ABBOTT, partido de MONTE, la que funcionará y prestará sus servicios a la comunidad conforme las leyes y reglamentaciones que en tal sentido se encuentran vigentes.
Artículo 2: El nombre que llevará dicha Biblioteca será José Manuel Estrada.
Artículo 3: La Biblioteca Municipal funcionará bajo las directivas del área de Cultura y Educación del Municipio.
Articulo 4: Comuníquese, regístrese y archívese.
DADO EN SALA DE SESION A LOS 6 DIAS DEL MES DE JUNIO DE 1996.