Modificación de Articulo 5º del Estatuto de Empleados Municipales de Monte
Artículo 1: Modificase a partir del 1º de marzo de 1993 el Articulo 5º del Estatuto de Empleados Municipales de Monte, el que quedará redactado de la siguiente forma:
Articulo 5º: Cuando la designación para ocupar algunos de los cargos a que se refieren los incisos b), c), d) y e) del articulo 3º recayera en algún funcionario o empleados comprendido en el régimen del presente Estatuto, éste retendrá nuevamente al finalizar aquellas designación, la que no podrá serle impuesta en contra de su voluntad y la cual, en caso de aceptación a su pedido, deberá se elevada por la autoridad competente.
El agente continuara percibiendo sus asignaciones por salario familiar, antigüedad que corresponda al cargo retenido y cualquier otra dispuesta en el presente, a excepción de aquellas que se originen por el desempeño de una función especifica Falla de caja, etc.
Articulo 2: Comuníquese, regístrese y archívese.
DADO EN SALA DE SESION A LOS 16 DIAS DEL MES DE ABRIL DE 1993.