Ordenanza|

Obligatoriedad de colocación de carteles en lugares como alquiler de botes y bajada de lanchas.

Articulo 1: Creáse a partir del día 1 de agosto de 1992, la bonificación por Dedicación exclusiva que será abonada al Responsable del Subcentro de Comunicaciones de Monte.

Artículo 2: La bonificación será de un 50% del sueldo básico, realizándose los descuentos correspondientes.

Articulo 3: Facultase al Departamento Ejecutivo a efectuar las Adecuaciones Presupuestarias correspondientes.

Articulo 4: Comuníquese, regístrese y archívese.

DADO EN SALA DE SESION A LOS 11 DIAS DEL MES DE SEpTIEMBRE DE 1992.

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