Articulo 1: Creáse a partir del día 1 de agosto de 1992, la bonificación por Dedicación exclusiva que será abonada al Responsable del Subcentro de Comunicaciones de Monte.
Artículo 2: La bonificación será de un 50% del sueldo básico, realizándose los descuentos correspondientes.
Articulo 3: Facultase al Departamento Ejecutivo a efectuar las Adecuaciones Presupuestarias correspondientes.
Articulo 4: Comuníquese, regístrese y archívese.
DADO EN SALA DE SESION A LOS 11 DIAS DEL MES DE SEpTIEMBRE DE 1992.