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1967-1992 | Fijación de remuneración de Directores, Jefe de Compras, Tesorero, Asesor Legal y Jueza de Faltas

Fijación de remuneración de Directores, Jefe de Compras, Tesorero, Asesor Legal y Jueza de Faltas.

Articulo 1: Fijase a partir del 1 de abril de 1992, las siguientes remuneraciones para el personal jerárquico no escalafonado.

  1. Directores, Jefe de Compras, Tesorero, Asesor Legal y Jueza de Faltas:

Un sueldo equivalente básico al ciento por ciento (100%) de la dieta de los Concejales del Honorable Concejo Deliberante.

b)Jefe de Departamento y Secretaria del juzgado de Faltas:

Un sueldo básico equivalente el setenta por ciento (70%) de lo establecido en el inciso a).

  1. Delegado el Siazgo: Un sueldo básico equivalente al cincuenta por ciento (50%) de lo establecido en el inciso a)

Articulo 2: Elimínase a partir del 1 de enero de 1992, la bonificación por Antigüedad y todo otro tipo de bonificación vigente para el Intendente Municipal, Secretario y Contador Municipal.

Articulo 3: Eliminase a partir del 1 de abril de 1992, todo tipo de Bonificación vigente para el personal comprendido en el Articulo1, a excepción de la Bonificación por Antigüedad, que se establece en el uno por ciento (1%) por cada año de servicio, de actividad municipal, exclusivamente.

Articulo 4: Facultase al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuacones presupuestarias necesarias para atender lo precedentemente dispuesto.

Articulo 5: Comuníquese, regístrese y archívese.

DADO EN SALA DE SESION A LOS 23 DIAS DEL MES DE ABRIL DE 1992.

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