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1966-1992 | Fijación de remuneración de Secretaria del Concejo Deliberante y Secretarios de Bloques

Fijación de remuneración de Secretaria del Concejo Deliberante y Secretarios de Bloques.

Articulo 1: Fíjase a partir del 1º de abril la remuneración equivalente al 85,5% de la dieta de n Concejal en lo que respecta a la Secretaria del Concejo Deliberante y del 61% de la dieta de un concejal para cada Secretaria de Bloque.

Articulo 2: A partir de la presente Ordenanza los porcentajes correspondiente al personal del H. C. d. no serán beneficiados con antigüedad ni bonificaciones.

Articulo 3: Comuníquese, regístrese y archívese.

DADO EN SALA DE SESION A LOS 23 DIAS DEL MES DE ABRIL DE 1992.

Derogada la presente por Ordenanza Nº 2127 decreto Nº 16/94

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