Articulo 1: Exímase del pago de todo Tributo municipal a los inmuebles de propiedad, locados, o cedidos en comodato que ocupen los partidos políticos reconocidos.
Articulo 2: Comuníquese, regístrese y archívese.
DADO EN SALA DE SESION A LOS 28 DIAS DEL MES DE MAYO DE 1991.