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1776-1990 | Desafectación del dominio público de calle para futura construcción de Jardín de Infantes

Desafectación del dominio público de calle para futura construcción de Jardín de Infantes

Articulo 1: Dispónese desafectar del dominio público, una superficie de terreno que es parte de la calle vecinal situada en las cercanías del barrio “Unidad Nacional”, de conformidad con las especificaciones que figuran en el croquis adjunto.

Articulo 2: Dicho predio luego de ingresado al dominio privado del Municipio será afectado a la construcción de un edificio con destino a la habilitación de un jardín de infante.

Articulo 3: Una vez cumplidas las etapas mencionadas en los artículos precedentes, Dispónese la donación de dicho predio a la Dirección General de Escuelas de la Pcia. de Bs. As. a los efectos que antes constan referidos.

Articulo 4: Asimismo con el propósito de dar cumplimiento con los procedimientos legales de rigor, se dará intervención a un profesional Agrimensor, para que en el termino de 30 días se aboque a la promoción del tramite ante las autoridades de aplicación de la Pcia. de Bs. As..

Articulo 5: Comuníquese, regístrese y archívese.

DADO EN SALA DE SESION A LOS 16 DIAS DEL MES DE MAYO DE 1990.

Deroga  el articulo N° 3 de  la presente por Ordenanza N° 2012 decreto N° 394/92.

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