Autorización de cesión de una fracción de terreno al instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.
Artículo 1: Facultase al Departamento Ejecutivo a ceder sin cargo al instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, una fracción de terreno de 6.592,74 m2, cuya Nomenclatura Catastral es: Partido de Monte, Circunscripción I, Sección A, Manzana 100, Parcela 1f inscripta en el Registro de la Propiedad a nombre de la Municipalidad de Monte.
Artículo 2: La cesión de la fracción establecida en el articulo anterior tiene por finalidad la construcción de un grupo de viviendas PAMI.
Articulo 3: Establécese un plazo de un (1) año a partir de la fecha de promulgación de la presente, para que el Instituto comience las obras.
Artículo 4: Para el caso que la donatoria no cumpliere con el cargo impuesto en el Artículo 3º de la presente norma, la donación será revocada.
Articulo 5: Comuníquese, regístrese y archívese.
DADO EN SALA DE SESION A LOS 8 DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 1989.