Articulo 1: Autorízase al Departamento Ejecutivo a celebrar un convenio con el Ministerio de asuntos Agrarios de la provincia de Buenos Aires, por el que se crea en esta ciudad un centro permanente Hogar Agrícola, tendiente a la capacitación elevación del nivel social económico y cultural de la comunidad, asegurando su evolución y perfeccionamiento.
Articulo 2: Comuníquese, regístrese y archívese.
DADO EN SALA DE SESION A LOS 9 DIAS DEL MES DE ABRIL DE 1987.