Ordenanza|

Establecimiento del “Día del Empleado Municipal” como jornada no laborable.

Articulo 1: Establécese a partir del corriente año el día 8 de Noviembre jornada no laborable para el personal de la Comuna, en virtud de conmemorarse en esa fecha el Día del Empleado Municipal.

Articulo 2: Comuníquese, Regístrese y Archívese.

DADO EN SALA DE SESION A LOS 01 DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 1984.

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