Decreto|

  889/2021

03-05-2021

Otórgase asistencia financiera, sin reintegro por parte de los beneficiarios, a las personas cuyos datos se consignan en el ANEXO I por los montos que en cada caso se indican, provenientes del Fondo de Emergencia para el Desarrollo de la Actividad Económica Local creado por Ordenanza Nro. 4.297/2020, con destino a aplicarlo a solventar costos que hagan a la continuidad del desarrollo productivo de servicios y/o actividad comercial de los interesados quienes vieron afectada su economía con motivo de las restricciones impuestas por el Aislamiento, Preventivo, Social y Obligatorio dispuesto por el Gobierno Nacional con motivo de la pandemia de COVID 19, y conforme lo determinado por del Decreto 866/2021.

Ver: Enero-2026Febrero-2026Marzo-2026Abril-2026Mayo-2026Junio-2026Julio-2026

Close Search Window