614-2020 | Modificación de Articulo N°1 del Decreto N° 587/2020
Decreto N°: 614/2020
Fecha de Publicación: 27-05-2020
Modificación de Articulo N°1 del Decreto N° 587/2020 que establece horario limite de las 17:00 hs para todas las actividades y servicios comerciales excepcionados del ASPO declarados como no esenciales en nuestro partido, con las excepciones establecidas en el Articulo N° 3 del decreto.