Decreto|

  519/2022

16-03-2022

Exención por el corriente ejercicio 2022 de la Tasa por Servicios Generales Urbanos y Suburbanos, a las siguientes personas, los cuales presentaron el correspondientes CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD (CUD, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 78° de la Ordenanza Fiscal 4455, lo cual ha sido evaluado y aprobado por la Subsecretaría de Desarrollo Social, la Dirección de Recaudación y Asesoría Legal Municipal, adjuntando la solicitud con la nomenclatura catastral detallada, las cuales, como Anexo I, forman parte in ite de la Presente.

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