Decreto|

  492/2021

10-03-2021

Eximir por el corriente ejercicio 2021 de la Tasa por Servicios Generales Urbanos y Suburbanos, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 78° de la Ordenanza Fiscal 4277, lo cual ha sido evaluado y aprobado por la Subsecretaría de Desarrollo Social, la Dirección de Recaudación y Asesoría Legal Municipal, adjuntando como anexo I y II del presente el listado de Personas beneficiadas portal eximición.

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