471-2021 | Establecimiento de Valores minimos en conceptos de anticipo por Tasa de Seguridad e Higiene
Last modified: julio 28, 2026
mayo 14, 2021| Decreto|
Establécense los siguientes valores mínimos en concepto de anticipos a tributar para el ejercicio 2021 de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, los que estarán relacionados con los ingresos brutos anuales declarados por los responsables, a saber:
Ingresos de hasta $ 300.000 al año, corresponderá un anticipo mínimo de $300,00
de $ 300.001 a $ 600.000 un anticipo mínimo de $ 600,00
de $ 600.001 a $ 1.000.000 el anticipo mínimo será de $ 1.000,00
y de $ 1.000.001 a $ 2.500.000 un anticipo mínimo de $ 2.500,00.
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