Decreto|

214-2020 

04-02-2020

Exención de Pago de Tasa por Servicios Generales Urbanos y Suburbanos por el ejercicio 2020, en tanto la Ordenanza Fiscal N° 4254 en su articulo N° 67 dispone “la eximición de pago de todo tributo municipal a las personas con discapacidad”.

 

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