Decreto|

  1667/2021

31-08-2021

Exención por el ejercicio 2021 a los contribuyentes que de seguido se nominan del pago de la Tasa por Servicios Generales Urbanos y Suburbanos correspondiente a inmuebles de los cuales son titulares, en su carácter de discapacítados o familiares de discapacitados a cargo, en razón de hallarse contemplados para el otorgamiento de este beneficio conforme lo proscripto por la Ordenanza Fiscal 4.377 -artículo 782- y su decreto reglamentario 243/2021

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