Decreto|

  147/2021

12-01-2021

Adhesión al Decreto Nacional 4/2021que establece limitaciones a la circulación en la nocturnidad por ser situaciones que favorecen la circulación del Virus SARS-CoV2. Adherir al Decreto Provincial 1/2021 y Resolución 1/2021de Jefatura de Gabinete de Ministros, que establecieron restricciones y sanciones respecto de las actividades artísticas, deportivas, culturales, sociales, recreativas, familiares o comerciales, su cierre entre la 01:00 horas y las 06:00 horas de cada día; y respecto de las actividades sociales, recreativas y familiares que deberán desarrollarse con hasta un máximo de diez (10) personas, entre otras.

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