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4493-2022 | Creación de las Mesas Barriales de Participación Comunitaria en Seguridad

Creación de las Mesas Barriales de Participación Comunitaria en Seguridad, cuyo ámbito de actuación corresponderá, respectivamente, con los barrios del Partido de Monte.

Artículo 1: Créanse las Mesas Barriales de Participación Comunitaria en Seguridad, cuyo ámbito de actuación corresponderá, respectivamente, con los barrios del Partido de Monte.

Artículo 2: Las Mesas Barriales de Participación Comunitaria en Seguridad desarrollarán su accionar en los barrios del Partido de Monte. Estarán integradas por aquellas organizaciones o entidades comunitarias no gubernamentales, interesadas en la seguridad pública, que actúen en dicho ámbito territorial y con Personería Jurídica Municipal o Provincial.

Artículo 3: Los integrantes de la Mesa Barrial de Participación Comunitaria en Seguridad cumplirán sus tareas “ad-honorem”. Cada organización participa a través de un miembro titular y un miembro suplente elegidos a tal efecto.

Artículo 4: La Secretaría de Seguridad del Municipio de Monte, habilitará un registro para las organizaciones y entidades comunitarias no gubernamentales interesadas en participar.

Artículo 5: Para la incorporación de órganizaciones a la Mesa Barrial de Participación Comunitaria en Seguridad será necesaria la inscripción de la entidad u organización en el Registro habilitado por la Secretaría de Seguridad del Municipio de Monte a tal fin.

Artículo 6: Las Mesas Barriales de Participación Comunitaria en Seguridad tendrán como funciones en su ámbito territorial:

a) Efectuar diagnósticos participativos que permitan confeccionar mapas de prevención comunitaria de la violencia y el delito.

b) Sugerir planes locales de seguridad.

c) Impulsar acciones de prevención de la violencia y de integración comunitaria en articulación con el Estado.

d) Co-gestionar con organismos del Estado el mejoramiento del espacio urbano barrial.

e) Diseñar y ejecutar estrategias de comunicación para informar a los vecinos sobre el funcionamiento de la Mesa, las acciones realizadas y todo otro tema que redunde en beneficio de la seguridad pública e integración del barrio.

f) Invitar a autoridades, funcionarios públicos o efectores locales de las distintas agencias estatales con actuación en su ámbito territorial, para tratar cuestiones y asuntos atinentes a la seguridad pública del ámbito vecinal.

Artículo 7: Cada Mesa Barrial de Participación Comunitaria en Seguridad establecerá su organización, sus normas de funcionamiento y dictará su propio reglamento, en el marco del modelo que será confeccionado por la Secretaría de Seguridad del Municipio de Monte.

Artículo 8: Facúltese a la Secretaría de Seguridad del Municipio de Monte a dictar las normas de procedimiento que resulten necesarias para la puesta en marcha y funcionamiento e las Mesas Barriales de Participación Comunitaria en Seguridad.

Artículo 9: Dése amplia difusión.

Artículo 10: Comuniqúese, Regístrese, Publíquese y Archívese.

Dado en sala de sesiones a los 26 días del mes de mayo de 2022.

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